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Trámite de solicitud de visa de no inmigrante

Se requiere una entrevista personal:

Todo miembro del público en general que desee obtener una visa deberá presentarse para una entrevista en la Embajada de los Estados Unidos en Pavas.

Sistema de citas

Cómo obtener una cita para una entrevista sobre la visa:

Para concertar una cita y recibir información sobre qué traer a la entrevista sobre la visa, por favor póngase en contacto con el Centro de llamadas al 0-800-052-1465, de lunes a viernes, de 8:00 de la mañana a 6:00 de la tarde. La llamada cuesta $14.

Cómo cancelar la tarifa por la cita para la entrevista:

  • Con una tarjeta de crédito válida (VISA o Mastercard), por medio del Centro de llamadas, o
  • Por medio de la compra de un Número de Información Personal (PIN, siglas en inglés) en cualquier sucursal del Banco Nacional de Costa Rica.
  • El PIN se activa 24 horas después de haberlo comprado. Los solicitantes pueden usarlo para efectuar múltiples llamadas para obtener información o concertar citas, por un total de 8 minutos. Los solicitantes pueden concertar citas para un total de cinco miembros inmediatos de la familia con un solo PIN.
  • Los operadores del Centro de llamadas solicitarán información sobre los pasaportes de cada solicitante. Por favor téngalos en la mano antes de llamar.
  • Desde los Estados Unidos: Los solicitantes o sus miembros de familia en los Estados Unidos pueden ponerse en contacto con el Centro de llamadas desde los Estados Unidos digitando el siguiente número: 1-866-535-6189, de lunes a viernes de 6:00 de la mañana a 8:00 de la noche.

El Centro de llamadas se esfuerza por concertar citas en fechas que le sean convenientes al solicitante. Hay momentos en que algunas de las fechas no se encuentran disponibles. Se les da prioridad a los solicitantes que viajan por razones de negocios, para asistir a un centro educativo, por casos de emergencia o por circunstancias humanitarias. Por favor visite el enlace Visas de emergencias (Emergency Visas).

Estudiantes e intercambios

• Si Usted es ciudadano o residente de Costa Rica, no necesita una cita para la entrevista para las visas J, F o M.  Puede solicitar en persona a la embajada , lunes a viernes  8:00-9:00 a.m.
Si NO es ni ciudadano ni residente de Costa Rica, va a necesitar cita.

Cómo pagar la entrevista sobre la visa:

La tarifa para la entrevista sobre la visa se debe pagar en una sucursal del Banco Nacional. Dicha tarifa es de $131. Cuando paga, el Banco Nacional le entregará un recibo. Por favor tráigalo a su cita para la entrevista.

¿Cuánto tiempo debo esperar para una entrevista? Haga click aquí.

¿Qué debo traer a la entrevista?

  • Los formularios de solicitud previamente completados en línea e impresos de tal manera que el código de barra de tres pulgadas aparezca al final del formulario;
  • Pasaporte válido por lo menos 6 meses a partir de la fecha en que se propone viajar;
  • Recibo de pago de cualquier Banco Nacional de Costa Rica por los $131 de la tarifa de solicitud; y 
  • Una fotografía sin enmarcar de toda la cara, tomada durante los últimos seis meses. (En la Embajada hay fotógrafo disponible a un mínimo costo.) La foto deberá constar de 2 x 2 pulgadas (a color o en blanco y negro, contra fondo blanco). La foto deberá estar claramente enfocada y la persona completamente de frente a la cámara. La cara deberá cubrir aproximadamente el 50% de la foto. Antes de tomársela es preciso quitarse los anteojos, el sombrero o cualquier artículo que cubra la cara.
  • Cada solicitan te deberá aportar pruebas convincentes de los lazos económicos, académicos o personales y a largo plazo del individuo (y de los miembros inmediatos de familia) que obligarían al solicitante a regresar a su hogar después de una visita breve a los Estados Unidos. Entre éstas se puede incluir:

Si es empleado de una empresa: Presente pruebas del salario (6 meses de ordenes patronales), años de servicio, permiso de vacaciones y de ahorros en el banco (ésta última deberá solicitarse con una semana de anticipación a la entrevista).

Si es dueño de un negocio: Presente pruebas de recibos de ventas, rentabilidad, empleados, pago de impuestos, grado de experiencia y de los ahorros.

Si es agricultor: Presente pruebas de ventas del producto(s) agrícola(s) y de los ahorros.

Si se encuentra jubilado: Presente pruebas de su pensión, ahorros y del empleo de sus hijos.

Si es estudiante de tiempo completo: Presente pruebas de su historial académico, concentración de estudios y el empleo de sus padres o guardián, así como sus vínculos con Costa Rica (ver arriba).

Si es menor de edad: Se solicita que ambos padres de familia acompañen a los menores de edad con pruebas que muestren que son los padres de familia o guardianes, es necesario traer los certificados de nacimientos por los menores; pruebas del status escolar del menor, del empleo de los padres o guardián y de lazos con Costa Rica (ver arriba). Para efectos de presentar prueba, por favor preséntese con los documentos originales. NO TRAIGA certificados de contabilistas o abogados.  El oficial puede solicitar información sobre un o ambos padres.

Para todos los solicitantes:

• Si tienen pasaportes vencidos con visas de los EEUU previamente otorgadas, tráiganlos a la entrevista, aun cuando la visa sea para un menor de edad. Los guardianes deberán probar que tienen la custodia de los menores de edad. 

• Todas las personas que tengan una cita para optar por la visa de no inmigrante (turista) deberán traer consigo, el día de la entrevista, los estados de sus cuentas bancarias en la que se muestre el balance actual de sus cuentas y por lo menos los últimos tres meses de actividad en sus cuentas bancarias.

Durante varios años, entidades financieras como el Banco Nacional, el Banco de Costa Rica y el Banco Popular, enviaron los estados de cuenta de los solicitantes de la visa, de manera directa, a la Sección Consular, lo que no será posible a partir de este momento. La Sección Consular ya notificó a los bancos este cambio.

• Los padres de familia y guardianes deberán presentar un permiso de salida del Patronato Nacional de la Infancia emitido por la Dirección de Migración y Extranjería. 

• Rechazos previos: Los solicitantes cuyas solicitudes de visa han sido rechazadas dentro de los últimos seis meses, pueden solicitar una cita nueva y seguir el trámite establecido. Si al solicitante se le rechaza por segunda vez, se recomienda plenamente que no saque otra cita para una nueva entrevista por lo menos por un año.

• Visas aprobadas: Los pasaportes se devuelven para ser recogidos a una oficina de DHL escogida por el solicitante. El costo por este servicio es de 2,450 colones.

Visas de emergencia

La Embajada no acepta solicitudes de citas de emergencia para visas. Todas las citas de esta naturaleza deberán concertarse por medio del Centro de llamadas. No envíe faxes ni llame a la Embajada para solicitar citas porque resultará en atrasos. Si llama a la Embajada directamente para pedir una cita de emergencia, será referido al Centro de llamadas.

Si necesita urgentemente una visa y necesita viajar antes de la próxima cita para entrevista disponible, por favor siga las instrucciones arriba y llame al Centro de llamadas al 0-800-052-1465. Informe a la operadora que necesita viajar a los Estados Unidos urgentemente. Tendrá que explicar la naturaleza de su emergencia al Centro de llamadas.

Se avisa que sólo se darán citas de emergencia a aquellas personas con emergencias genuinas relacionadas con:

  • La obtención de cuidados médicos urgentes en los Estados Unidos;
  • La necesidad de atender a un pariente muy cercano que está gravemente enfermo o asistir al funeral de un pariente muy cercano; o
  • En el caso de personas de negocios, para asistir a reuniones o conferencias urgentes con fechas anteriores a la próxima cita disponible.

Solicitantes de países del programa de exención de visas

Aquellos individuos que son ciudadanos de países que participan en el Programa de Exención de Visas de los Estados Unidos (U.S. Visa Waiver Program) ), pueden viajar a los Estados Unidos sin una visa estadounidense si su pasaporte fue emitido:

  • Antes del 2005, si el pasaporte es de lectura electrónica.
  • Después del 2005, si el pasaporte es de lectura electrónica y contiene una foto digital o un chip integrado.
  • Después del 26 de octubre del 2006, si es un pasaporte electrónico biométrico que incluye un chip integrado que puede ser leído por lectores electrónicos del Departamento de Seguridad Nacional (DHS, siglas en inglés) y contiene una foto integrada.

Si su pasaporte no califica según los requisitos anteriores, necesita una visa estadounidense. Deberá pagar la tarifa de $131 en cualquier Banco Nacional. Si se encuentra temporalmente en Costa Rica, puede solicitar visa sin cita de lunes a viernes, de 8:00 a 9:00 de la mañana. Antes de llegar a la cita para la entrevista, DEBERÁ llenar la solicitud de visa, Formulario DS-156  en línea e imprimirlo de manera que el código de barra de aproximadamente tres pulgadas aparezca al final de la página del formulario. Traiga el formulario a la entrevista.

Los ciudadanos de Italia, Francia y Austria y los residentes de Costa Rica que son ciudadanos de los países del Programa de Exención de Visas, tendrán que solicitar visa por medio del trámite regular de solicitud de citas.
AVISO: Por favor deje por lo menos dos días entre su entrevista y su fecha de salida. Las solicitudes de último momento pueden presentar problemas debido a atrasos con el trámite computarizado o la entrega de pasaportes.

Cómo ponerse en contacto:

Para más información sobre el trámite, por favor consulte el sitio web del Departamento de Estado. 
Las indagaciones deberán enviarse por correo electrónico a: consularsanjose@state.gov.
Hacemos todo lo posible por responder a sus mensajes electrónicos dentro del término de 5 días laborales. Normalmente no nos es posible responder a preguntas enviadas por fax o carta.

PREGUNTAS FRECUENTES

  1. ¿Qué hacer si me rechazan la visa?
  2. Mi solicitud fue rechazada en conformidad con la Sección 214b. Si aporto más documentación, ¿obtendré una visa?
  3. ¿Qué es lo que busca el funcionario consular durante la entrevista para la visa?
  4. Soy residente legal de Costa Rica. ¿Por qué no califico?
  5. ¿Por qué cuando llamé no me avisaron que no iba a obtener una visa?
  6. ¿Por qué no me devuelven el dinero?
  7. ¿Se puede apelar un rechazo de visa?
  8. He tenido dificultades cuando me revisan al viajar en centros de transporte tales como aeropuertos y estaciones de tren, o al cruzar las fronteras de los Estados Unidos. ¿Con quién me puedo poner en contacto?
  9. Tengo una visa válida para los Estados Unidos en mi pasaporte viejo, pero acabo de renovar mi pasaporte. ¿Cómo puedo traspasar mi visa a mi pasaporte nuevo?
  10. Quiero renovar mi visa, pero no veo las instrucciones sobre cómo renovarla en el sitio web. ¿Qué debo hacer?
  11. ¿Quien puede estar conmigo durante la entrevista?
  12. ¿Cuánto tiempo tendré que hacer fila para mi entrevista sobre la visa?
  13. ¿Cuál es el promedio de duración de la entrevista?

1. ¿Qué hacer si me rechazan la visa? 

Si su solicitud para una visa de no inmigrante ha sido rechazada, en la entrevista le dirán por qué y le darán una explicación por escrito. Los rechazos más comunes se dan en conformidad con las Secciones 221(g) y 214(b) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad de los Estados Unidos. 

Según la Sección 221(g), es preciso cumplir con requisitos legales adicionales antes de poder autorizar la visa.

No tendrá que pagar otra tarifa de solicitud si se cumple con los requisitos legales dentro del término de un año.

La Sección 214(b) de la Ley de Inmigración de los Estados Unidos presupone que los solicitantes de visas de no inmigrante tienen la intención de permanecer en los Estados Unidos, y se les debe rechazar la visa a menos que aporten pruebas contundentes de lazos familiares, sociales y económicos con una residencia en el extranjero. Los rechazos en conformidad con la Sección 214(b) significan que el solicitante no logró superar la presuposición de que tenía la intención de permanecer en los Estados Unidos.

El hecho que haya sido rehusado según la Sección 214(b) no significa que en el futuro le vayan a rechazar la visa otra vez. Un rechazo de acuerdo con la Sección 214(b) significa que, en este momento, tomando en cuenta su empleo actual o sus circunstancias sociales o de otro tipo, el funcionario consular no siente que usted ha cumplido con los requisitos para una visa a los Estados Unidos.

Si vuelve a solicitar luego de haber sido rechazado en conformidad con la Sección 214(b) INA, deberá llenar una nueva solicitar y volver a pagar la tarifa.

2. Mi solicitud fue rechazada en conformidad con la Sección 214(b). Si aporto más documentación, ¿obtendré una visa?

El trámite de solicitar una visa de no inmigrante no se fundamenta principalmente en la documentación. Lo principal a la hora de decidir si el solicitante califica para una visa es determinar su intención, y las intenciones del solicitante no pueden establecerse únicamente con base en los documentos. En algunos casos, la documentación puede ayudar a establecer la intención del solicitante de regresar a Costa Rica al demostrar que el solicitante está bien establecido aquí. En otros casos, las circunstancias son lo suficientemente claras que no se requieren documentos. Si su solicitud de visa ha sido rechazada, es bastante poco probable que ningún documento que usted pueda aportar vaya a cambiar la decisión del funcionario.

3. ¿Qué es lo que busca el funcionario consular durante la entrevista para la visa?

Aparte de la seguridad de los Estados Unidos, el funcionario toma en cuenta los planes personales de viaje del solicitante, sus recursos financieros y sus vínculos fuera de los Estados Unidos, para efectos de asegurarse que se irá de los Estados Unidos al final de su estadía temporal.

4. Soy residente legal de Costa Rica. ¿Por qué no califico?

Muchos inmigrantes recientes a Costa Rica no pueden demostrar que tienen vínculos suficientemente fuertes con el país para calificar para una visa de no inmigrante a los Estados Unidos. No hay una fórmula mágica que funcione en cada caso. En general, se necesita probar que está establecido en Costa Rica, y que éste es y seguirá siendo su hogar permanente. Al examinar su solicitud, el funcionario consular toma en cuenta muchos aspectos tales como: ¿Cuánto tiempo lleva en su dirección actual? ¿Cuánto tiempo lleva en su empleo actual? ¿Está usted o sus hijos matriculados en una escuela? ¿Qué compromisos tiene aquí que lo obligarían a regresar a Costa Rica? ¿Qué lazos sociales tiene con Costa Rica? A menudo es una cuestión de tiempo, y la mejor manera de calificar para una visa es residir en Costa Rica por un período de tiempo más largo para establecer más vínculos sociales y económicos aquí.

5. ¿Por qué cuando llamé no me avisaron que no iba a obtener una visa?

Cada solicitud de visa es examinada rigurosamente y evaluada por sus propios méritos. Debido a que es imposible obtener todos los hechos relevantes sin ver el pasaporte y la solicitud completada, no podemos decirle por teléfono si se le concederá una visa. Nuestro sistema telefónico de información, así como la información distribuida por medio de la Internet, están diseñados para dar información general con respecto al trámite de solicitud de visa y sugerir los tipos de documentos que podrían ayudar a probar que sí califica para una visa a los Estados Unidos. No obstante, bajo ninguna circunstancia puede alguien garantizarle de antemano que se le otorgará una visa a los Estados Unidos.

6. ¿Por qué no me devuelven el dinero?

La tarifa pagada es una tarifa por solicitar la visa. Todo el que solicita una visa a los Estados Unidos en cualquier parte del mundo debe pagar esta tarifa, la cual cubre los costos de revisar su solicitud. Como se explica en el formulario, esta tarifa no es reembolsable, independientemente de que se le emita una visa o no. Si su solicitud fue rechazada de acuerdo con la Sección 214(b) y usted decide volver a solicitar la visa, ya sea en esta Embajada o en algún otro lugar, tendrá que volver a pagar la tarifa de solicitud.

7. ¿Se puede apelar un rechazo de visa?

Las entrevistas sobre la visa las llevan acabo funcionarios comisionados del Gobierno de los Estados Unidos, y gozan de una amplia discreción en asuntos de visas. Sus decisiones en casos de visas están sujetas a revisión por parte del personal consular de supervisión, empero, son finales. No hay derecho de apelación. Los solicitantes rechazados que consideran que califican para que se les emita una visa pueden volver a solicitar; para más información sobre el trámite, ver la Pregunta 1.

8. He tenido dificultades durante la revisión en centros de transporte tales como aeropuertos y estaciones de tren, o al cruzar las fronteras de los Estados Unidos. ¿Con quién me puedo poner en contacto?

Si ha tenido dificultades con las revisiones a la hora de viajar, y en ese momento contaba con una visa adecuada, deberá ponerse en contacto con: Traveler Redress Inquiry Program (TRIP)

9. Tengo una visa válida para los Estados Unidos en mi pasaporte viejo, pero acabo de renovar mi pasaporte. ¿Cómo puedo traspasar mi visa a mi pasaporte nuevo?

No es necesario renovar la visa hasta que esta se venza. Puede viajar con ambos pasaportes. No obstante, si desea renovar su visa, deberá concertar una cita, pagar la cuota para la entrevista y solicitar visa como si fuera la primera vez que lo hace. Ver la sección titulada: Gestiones para solicitar visas de no inmigrantes o "non-immigrant visa application process."

10. Quiero renovar mi visa, pero no veo las instrucciones sobre cómo renovarla en el sitio web. ¿Qué debo hacer?

El proceso es el igual al que se realiza para solicitar la visa por primera vez.. Ver la sección titutada: Gestiones para solicitar visas de no inmigrantes o "non-immigrant visa application process."

11. ¿Quien puede estar conmigo durante la entrevista?

Las entrevistas sobre la visa se llevan a cabo entre el solicitante y el funcionario consular que hace la entrevista. A las terceras partes (por ejemplo, miembros de la familia, amistades, socios de negocios, abogados, etc.) se les pedirá que tomen asiento durante el transcurso de la entrevista. A discreción del funcionario que entrevista, es posible que se le pida a una tercera parte información pertinente a las circumstancias del solicitante.

12. ¿Cuánto tiempo tendré que hacer fila para mi entrevista sobre la visa?

En un día típico, la Embajada concierta entre 250 y 350 entrevistas sobre la visa. Nuestra meta es entrevistar a todos dentro de un período de tres horas a partir del momento de entrada al complejo de la Embajada. Por ejemplo, si usted tiene cita a las 8:00 de la mañana, se le permitirá entrar a las 7:30 (30 minutos antes de su cita), y se le entrevistará antes de las 10:30. Mientras tanto, un funcionario lo ayudará con el sistema automatizado de números, su solicitud será revisada para asegurarse que ha sido debidamente completada e incorporada a la base de datos y sus huellas dactilares serán escaneadas por el lector digital. El tiempo de espera podría variar –más corto o más largo, dependiendo en una variedad de factores. La Embajada provee sillas y baños para los que esperan en fila y se venden bebidas y refrigerios. Debido a la larga espera, se recomienda que los solicitantes traigan algo para leer.

13. ¿Cuál es el promedio de duración de la entrevista?

El promedio de duración de la entrevista es de 3 a 5 minutos, pero puede variar dependiendo en la complejidad del caso. Los que entrevistan tienen que efectuar ciertas revisiones obligatorias en la base de datos para cada solicitante (nombre y fecha de nacimiento, huellas digitales y reconocimiento por medio de foto), además de ingresar apuntes en el sistema. Todos los que entrevistan son ciudadanos estadounidenses y funcionarios comisionados del Servicio Exterior de los Estados Unidos.

Para más información

Si tiene preguntas adicionales, puede escribirnos a consularsanjose@state.gov. Trataremos dar respuesta en cinco dias.

 

 

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Preguntas Frecuentes  

Olvido entregar su formulario I-94 ? (Documento en  pdf)

Mejoras en el servicio de visas

 
  —formularios para visa de no inmigrante  —

NECESITA LLENAR LOS FORMULARIOS EN INGLES. TIENE que llenar de manera electrónica e imprimir hasta que aparezca, al final del formulario, un código de barras de 3 pulgadas de ancho. Traer las solicitudes el día de la entrevista.
DS-156
DS-157 suplementaria para hombres de 16 a 45 años.

 -formularios adicionales-

•Formulario para reportar un pasaporte perdido o robado, con una visa a Estados Unidos ( Documento en Word or Documento en PDF )
• Para otros tipos de visa, revise la página electrónica del Departamento de Estado 
•Formularios DS se relacionan con solicitudes de visa de no-inmigrante. Revise la página electrónica del Departamento de Seguridad Nacional