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TRABAJADORES RELIGIOSOS (R-1)

SOBRE ESTA VISA PASOS A SEGUIR

De conformidad con la Ley de Inmigración y Nacionalidad, la visa de no inmigrante de tipo "R", es una visa para ministros de una religión o trabajadores religiosos de tiempo completo. Los requisitos de la visa R son específicos y quizás no sean apropiados para todos los visitantes, aun cuando el motivo de su viaje a los EEUU se relacione con una actividad religiosa. Los visitantes que no califican para una visa R quizás califiquen para una visa B1/B2 (negocios y turismo).

Definición de trabajadores religiosos

Un trabajador religioso se define como un ministro de una religión autorizado por una denominación reconocida para conducir un culto religioso y llevar a cabo otras tareas usualmente realizadas por miembros del clero como administración de los sacramentos o su equivalente. Pueden ser monjas, monjes y hermanos y hermanas religiosas, trabajadores litúrgicos, instructores religiosos o cantores, catequistas, trabajadores de hospitales religiosos, misioneros, traductores religiosos o voceros religiosos.

El término no incluye a predicadores, misceláneos, empleados de mantenimiento, oficinistas, recaudadores de fondos, solicitantes de donaciones u ocupaciones similares. 


Requisitos del solicitante

  1. El solicitante deberá ser miembro de una organización religiosa que posea una afiliación en los EEUU con una organización de buena fe, sin fines de lucro y libre de impuestos.
  2. Deberá haber sido miembro de la organización por lo menos durante dos años previos a su admisión en los EEUU.
  3. Deberá ingresar a los EEUU con el propósito único de continuar la vocación de ministro o de trabajar a tiempo completo en una ocupación religiosa para esa organización o filial.
  4. El solicitante que haya residido en los EEUU con una visa R por cinco años, no podrá calificar para otra visa R hasta haber residido y estado físicamente fuera de los EEUU durante un año inmediato y anterior a la presentación de la nueva solicitud de visa.
  5. El solicitante principal recibe una visa R-1. El cónyuge y los hijos (solteros y menores de 21 años) reciben visas R-2 en calidad de dependientes del solicitante. Los portadores de una visa R-2 no están autorizados a trabajar en los EEUU. Cada solicitante debe pagar su solicitud de visa.

Requisitos de la institución religiosa afiliada en los EEUU 

  1. Deberá mostrar 
  • que posee alguna forma de gobierno eclesiástico, un credo reconocido y una forma de culto y un código formal de doctrina y disciplina; y
  1. Deberá presentar 
  • un certificado del Servicio de Impuestos Internos (IRS, siglas en inglés) de los EEUU, que muestre que la organización religiosa en los EEUU está exenta de pagar impuestos, o prueba que reúne los requisitos para calificar para ese privilegio.
  • una carta de un funcionario autorizado de la organización religiosa en los EEUU en la que confirme:
  • la filiación que existe entre la organización religiosa en los EEUU y la organización religiosa extranjera; 
  • el tiempo que lleva el solicitante como miembro de la organización religiosa extranjera; 
  • la autoridad de la que goza el solicitante para funcionar como ministro de esa religión, o la naturaleza de las responsabilidades del solicitante como trabajador religioso profesional; 
  • si el solicitante es trabajador religioso profesional, prueba de título universitario;
  • el plan de remuneración por los servicios del solicitante en los EEUU y el nombre y la ubicación de la congregación u organización religiosa en los EEUU para la cual el solicitante estaría prestando servicios.


TOMAMOS EL FRAUDE CON GRAN SERIEDAD. 

Presentar documentos fraudulentos o hacer declaraciones falsas a un funcionario consular puede tener como resultado que se le prohíba permanentemente el ingreso a los EEUU. 
¡NO LO HAGA!

Para más información

Si tiene preguntas adicionales, puede escribirnos a consularsanjose@state.gov. Trataremos dar respuesta en cinco dias.

 

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  —PASOS a seguir  —

Para concertar una cita, llame al 0-800-052-1465, de lunes a viernes de 8-6 PM. Esta llamada cuesta $14 y se puede pagar con tarjeta de crédito o puede pagar en cualquier Banco Nacional de Costa Rica. 
• Pague la tarifa de solicitud ($131) en cualquier Banco Nacional de Costa Rica.
• Complete todos los formularios requeridos. 
• Llegue A TIEMPO a su cita!
Sus huellas digitales (fingerprints) serán escaneadas el día de la entrevista.
• La entrega de pasaportes se hace por medio de DHL, en la sucursal que el solicitante indique. El costo de este servicio es de 2450 colones.

 

 

  — Requisitos —

Fotografía reciente de 2 x 2 pulgadas de tamaño
•  Pasaporte válido por un mínimo de seis meses
• Recibo del Banco Nacional de Costa Rica

NECESITA LLENAR LOS FORMULARIOS EN INGLES. TIENE que llenar de manera electrónica e imprimir hasta que aparezca, al final del formulario, un código de barras de 3 pulgadas de ancho. Traer las solicitudes el día de la entrevista.
DS-156
DS-157 suplementaria para hombres de 16 a 45 años.

Para mas información.....